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ÓRGANOS DE GOBIERNO


El Colegio de Abogados de Las Palmas estará regido por el Decano, la Junta de Gobierno y la Junta General, cuya composición, estructura y régimen de funcionamiento se acomodarán a los principios de democracia y autonomía.
 

Junta General: La Junta General es el órgano supremo en el que se manifiesta la voluntad colegial en los asuntos propios de su competencia, con arreglo a las disposiciones de este Estatuto, sin más limitaciones que las legalmente establecidas, y sus acuerdos válidamente adoptados son obligatorios incluso para los disidentes o ausentes. Todos los colegiados podrán asistir con voz y voto a las Juntas Generales ordinarias y extraordinarias que se celebren, salvo las excepciones que en estos Estatutos se determinan. No será admisible el voto por correo, salvo en los actos electorales, en que se estará a lo regulado en estos Estatutos.

Junta de Gobierno: La Junta de Gobierno se compondrá de un Decano, un Vicedecano, un Bibliotecario, un Contador, un Tesorero, un Secretario y diez Diputados.

Las atribuciones de la Junta de Gobierno se establecen en el artículo 56 de los estatutos para el régimen y gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas.

 

Junta de Gobierno

Funciones

Corresponderá al Decano:

a) La representación oficial y legal del Colegio en todas sus relaciones, incluidas las que mantenga con los poderes públicos, entidades, corporaciones y personalidades de cualquier orden.
b) Las funciones de vigilancia y corrección que los Estatutos reservan a su autoridad.
c) Presidir la Junta de Gobierno, las Generales y todas las comisiones y comités especiales a los que asista, dirigiendo las discusiones con voto de calidad en caso de empate.
d) Ostentar el cargo de Presidente nato de la Academia de Legislación y Jurisprudencia de Las Palmas de Gran Canaria; del Aula de Práctica Jurídica; así como de todas las comisiones y secciones creadas o que se creen dentro del seno de este Colegio.
e) Expedir las órdenes de pago y los libramientos para la inversión de los fondos del Colegio.
f) Proponer los abogados que deban formar parte de los tribunales de oposiciones o concursos, entre los que reúnan las circunstancias necesarias al efecto.
g) Designar los turnos de oficio y asistencia a detenidos y presos, pudiendo delegar esta función en otro miembro de la Junta.
h) Mantener con todos los compañeros una relación asidua de protección, consejo y asesoramiento.


Ubicación

La sede del Colegio radica en la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria y su domicilio en la Plaza de San Agustín, número 3, extendiéndose su ámbito territorial a las islas de Gran Canaria y Fuerteventura.

El Colegio también tiene dispone de oficinas en la Ciudad de la Justicia, los Juzgados de Telde, los Juzgados de San Bartolomé de Tirajana y en Puerto del Rosario (Fuerteventura).


Órganos de Gobierno (.ODT)


Última actualización 21/02/2024