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Acuerdo de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias

ACUERDO DE LA PRESIDENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS 


A la vista de la situación de alarma creada por el coronavirus COVID-19 y la respuesta descoordinada que ha tenido en el ámbito de la actividad judicial, esta Presidencia adopta el presente Acuerdo, con carácter provisional y siguiendo la Resolución del CGPJ. 

La previsión de calificación de la situación como "Escenario 2" es que esta varíe, en las próximas horas, a una calificación de gravedad superior, no obstante lo cual se adopta el presente Acuerdo sin perjuicio de su modificación a resultas de tal previsión 

1.- Suspensión de Plazos: Se solicita a los Letrados de la A.J. la adopción de la resolución a la que se refiere el art. 134.2 LECv., con carácter general en todos los órdenes jurisdiccionales y en todos los procedimientos. 

2.- Suspensión de actos judiciales: Se autoriza por esta Presidencia, con carácter general y efectos inmediatos, la suspensión de todos los actos judiciales, con las excepciones indicadas en los doce apartados del Acuerdo del CGPJ, todo ello en base a la imposibilidad física de responder, una a una todas las solicitudes individualizadas de suspensión. 

3.- Los actos comprendidos en las doce excepciones del citado Acuerdo deberán aplicarse directamente por el titular de cada órgano judicial o Presidente de Sala o Sección. Cualquier duda interpretativa derivada de aquellos apartados que genéricamente se refieren a "urgencia" o términos que implican un concepto jurídico indeterminado, deberán ser planteadas directamente a esta Presidencia, preferentemente por vía WhatsApp, o, en su defecto, por teléfono. En caso de no resolverse la duda en al plazo de una hora, deberá contactarse con el Presidente de la Audiencia Provincial respectiva y si tampoco fuera evacuada en igual plazo, se entenderá resuelta conforme a la propuesta del Juez o Magistrado que la formula.

4.- Conforme a la resolución citada, tendrán que practicarse por vía telemática todas aquellas actuaciones que sean técnicamente posibles, especialmente cuando deban desarrollarse en centros sanitarios (autorizaciones de internamiento). 
Santa Cruz de Tenerife, a 13 de Marzo de 2020. 

Nota: Los números de WhatsApp de los Presidentes indicados se podrán obtener de las Secretarías respectivas, para el caso de que no dispongan de él, los Jueces y Magistrados.

Acceso al acuerdo de Presidencia de TSJC