El solicitante de justicia gratuita puede solicitar todas o alguna de las siguientes prestaciones, que son las fijadas en el artículo 6 de la Ley 1/1996 de 10 de enero de asistencia jurídica gratuita:
Tasas, asesoramiento y orientación previa, defensa y representación de abogado y procurador, pago de depósitos y tasas para la interposición de recursos...
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¿Qué prestaciones son las que estoy solicitando?
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