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Jurisprudencia Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas ICALPA

El TS fija en la fecha de curación o estabilización el 'dies a quo' para reclamar por prestación sanitaria defectuosa

STS 463/2019

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha fijado doctrina respecto al dia inicial para el cómputo del plazo en la reclamación de daños por una asistencia médica defectuosa. El Alto Tribunal (en su sentencia 463/2019, de 4 de abril. Rec. 4399/2017) ha establecido que el dies a quo es el de la curación o estabilización del enfermo. Como explica el TS, no es necesario esperar a la previa declaración formal de incapacidad establecida en vía administrativa o judicial, porque, cuando se trata de responsabilidad patrimonial de la Administración, no cabe entrar a valorar las consecuencias laborales de las secuelas que tienen su propio ámbito de reclamación y resarcimiento.

 

STS 463/2019