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Biblioteca Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas ICALPA

Dossier: Planes de Igualdad e Igualdad Retributiva: Aspectos esenciales de los RD 901/2020 y 902/2020

PLANES DE IGUALDAD E IGUALDAD RETRIBUTIVA: ASPECTOS ESENCIALES DE LOS RD 901/2020 Y 902/2020

El Real Decreto 901/2020 se refiere al desarrollo de las nuevas normas en materia de inscripción y negociación de los planes de igualdad en las empresas. La nueva normativa obligará a todas las empresas de más de 50 trabajadores a contar con un plan de igualdad laboral entre la mujer y el hombre, extendiendo para el cómputo a a los
trabajadores temporales y a los de las ETT

Las empresas que tengan una plantilla más pequeña podrán hacerlo de forma voluntaria, salvo que la Inspección de Trabajo les obligue a hacer un plan de igualdad, a cambio de perdonarle la sanción por incurrir en una infracción de discriminación. Sólo las empresas con planes negociados podrán obtener el distintivo de igualdad.

La nueva reglamentación en materia salarial desarrollada por el Real Decreto 902/2020, detalla entre otras cosas, cómo evaluar los puestos de trabajo, cómo deberán ser los registros salariales en las empresas y qué consecuencias tendrá no tenerlos o incurrir en desigualdad salarial.

Las empresas tendrán seis meses, previsiblemente hasta abril, para adaptar los registros salariales ya obligatorios en la ley a estos detalles reglamentarios, ya que entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) que se prevé inmediata. Es lo que se conoce como vacatio legis, en este caso de seis meses, para adaptar los registros y culminar así su contenido.

Adjuntamos Dossier elaborado por el equipo Tecnología e Innovación Jurídica de Tirant lo Blanch:

Dossier

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