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Acuerdo Junta Sectorial de Magistrados de lo Penal: computo de plazos de instrucción

Acuerdo Junta Sectorial de Magistrados de lo Penal: computo de plazos de instrucción

En Junta Sectorial de Magistrados de lo Penal de la Audiencia Provincial de Las Palmas, se acordó en uno de los puntos el siguiente aspecto en relación a los cómputos de duración de la instrucción en relación con la reanudación o suspensión de los plazos:

“2) Interpretación del acuerdo de suspensión de plazos procesales acordada por el CGPJ en relación con el artículo 324 del la LECRIM. Se plantea si el cómputo de la duración de la instrucción se reanuda o vuelve a empezar desde cero como mantiene la Fiscalía.

Se mantiene por unanimidad que el plazo de instrucción se reanuda. Como argumentos de esta postura:  A)  Es un plazo de caducidad. B) La postura contraria va en perjuicio directo contra el reo. C) Se aplica el concepto estricto de suspensión. D) Los plazos procesales que han sido objeto de interrupción durante el estado de alarma, en ningún caso, comienzan desde un principio”.  
    
Cordiales saludos.

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