Legislación y Jurisprudencia
(10-2025)
LEGISLACIÓN:
Europa
Estatal
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Orden PJC/233/2025, de 7 de marzo, por la que se convoca la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de la abogacía para el año 2025
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Real Decreto 105/2025, de 18 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1424/2008, de 14 de agosto, y el Real Decreto 948/2009, de 5 de junio, para reforzar la gobernanza de la lucha contra la desertificación en España.
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Real Decreto 188/2025, de 11 de marzo, por el que se regulan las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación para el desarrollo sostenible y la solidaridad global
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Orden AUC/213/2025, de 26 de febrero, por la que se regula el uso de la firma electrónica para la certificación de las actuaciones de TraductoresIntérpretes Jurados, Traductores Jurados e Intérpretes Jurados
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Real Decreto 140/2025, de 25 de febrero, por el que se regula la Comisión Interministerial de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global.
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Orden TED/225/2025, de 24 de febrero, por la que se establecen los procedimientos administrativos derivados de las normas técnicas de seguridad para las presas y sus embalses aprobadas por el Real Decreto 264/2021, de 13 de abril.
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Resolución de 6 de marzo de 2025, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
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Acuerdo entre el Reino de España y los Estados Unidos de América sobre la cooperación en el despliegue de agentes de seguridad en el interior de vuelos desde, hacia o entre ambos países, hecho en Madrid el 29 de diciembre de 2022.
Autonómico
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Resolución de 26 de febrero de 2025, del Director, por la que se oferta la venta de las viviendas protegidas de promoción pública titularidad de la Comunidad Autónoma de Canarias, calificadas con anterioridad al Tercer Plan Canario de Vivienda.
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Resolución de 10 de febrero de 2025, por la que se formulan criterios sobre la comunicación de datos identificativos y bancarios por los terceros acreedores para la percepción de pagos de entidades que utilicen el sistema de información económico-financiera y logística de la Comunidad Autónoma de Canarias.
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ORDEN de 24 de febrero de 2025, por la que se declara Fiesta de Interés Turístico de Canarias al Carnaval Internacional de Maspalomas (Gran Canaria).
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ANUNCIO de 4 de febrero de 2025, relativo a la declaración de inaplicación de los artículos 13, 14, 15 y 16 del Decreto ley 1/2024, de 19 de febrero, de medidas urgentes en materia de vivienda, en todo el término municipal de Santa Brígida
JURISPRUDENCIA:
Canarias: últimas sentencias publicadas
Penal:
Civil:
Social:
Administrativo:
Mercantil:
Tributario:
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Inadmisión. Incumplimiento del plazo de 3 meses al no acreditar la fecha de conocimiento del Acuerdo de la AEAT. Por el contrario, existe prueba suficiente que acredita que el recurrente tuvo conocimiento del Acuerdo en la misma fecha del 13 de febrero de 2023
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Sanción tributaria. Principio non bis in idem. Vertiente procedimental. El principio impide un nuevo procedimiento sancionador y una nueva sanción al mismo obligado tributario y por los mismos hechos cuando se ha anulado un primer acuerdo sancionador, no por concurrencia de vicios propios o inherentes, sino debido a la anulación, por motivos formales, de la liquidación de la que dimana la sanción. Allanamiento de la Administración, a la vista, presumiblemente, de tal jurisprudencia. Se tiene por allanada a ésta
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Ayudas de Estado. Alcance de la nulidad declarada. TJUE. Aviación comercial
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Impuesto sobre sociedades, ejercicio 2014. Conversión en crédito frente a la Administración de activos por impuesto diferido susceptibles de monetización (DTAs). Abono de intereses de demora y dies a quo. En interpretación del artículo 69 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, si bien no procede el abono de intereses de demora durante el periodo de tiempo transcurrido entre la presentación de la autoliquidación y el reconocimiento de la devolución solicitada por conversión de los activos por impuestos diferidos (DTAs) como crédito exigible frente a la Hacienda pública, sin embargo, una vez reconocido el importe de la devolución a que tiene derecho el obligado tributario, procederá el devengo de intereses de demora. Determinado el importe de la devolución, el dies a quo del cómputo del plazo en que se devengan tales intereses será, en el caso examinado, el de la resolución del órgano económico-administrativo que fijó el importe de la devolución a que tenía derecho del obligado tributario
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