52/2020 Caducidad de los Mandamientos de Pago
Circular nº 52/2020
Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de mayo de 2020
CADUCIDAD DE LOS MANDAMIENTOS DE PAGO
Estimados compañeros y compañeras:
Les informamos que a instancia del Ministerio de Justicia, desde la Dirección del Banco de Santander se han impartido las instrucciones oportunas a todas las sucursales para que, con independencia de la fecha de caducidad que conste en los mandamientos de pago emitidos por los órganos judiciales, estos se paguen en todo caso si se encuentra dentro de los seis meses desde su libramiento.
De esta forma se intenta evitar que los mandamientos de pago puedan resultar incobrados como consecuencia de las limitaciones de movilidad derivadas del estado de alarma, lo que obligaría a su nueva emisión y entrega, por lo que todos los mandamientos de pago emitidos entre el 11 de febrero y el 31 de mayo de 2020, tendrán una caducidad de seis meses, y no la habitual de tres meses, a pesar de lo que los mismos indiquen expresamente.
Los mandamientos emitidos antes del 11 de febrero ya se encuentran caducados, siendo por tanto imposible ampliar su vigencia, por lo que los pagos que documentan deberán ser efectuados nuevamente, siempre que sea posible mediante transferencia.
Sin otro particular les saluda cordialmente,
Rafael Massieu Curbelo
Decano